miércoles, 10 de octubre de 2012

Andes. Perú. Cordillera Blanca. Parque Nacional Huascarán. Reglamento de Uso Turístico. Andinismo, pagos, obligaciones y prohibiciones

Iñaki San Vicente durante la primera escalada en la cara SE del Cerro Parón (La Esfinge) 5325 m, en 1988.
Foto Sevi Bohórquez


El PNH obligará a contratar prestadores de servicios turísticos para la práctica de turismo de aventura en sus áreas protegidas

La oficina del Parque Nacional Huascarán (PNH) advierte a los prestadores de servicios turísticos peruanos sobre dos asuntos relacionados. En una Carta Múltiple N° 009-2012-SERNANP-PNH les exhorta a cumplir con la normativa y la presentación de sus autorizaciones para entrar al PNH. En otra Carta Múltiple N° 010-2012-SERNANP/PNH les comunica la obligación de cumplir el Art. 7° del reglamento de uso turístico y recreativo del PNH, sobre el ingreso y tránsito.

De esta segunda carta, extraemos aquí dos párrafos (textuales) importantes para quien pretenda visitar la Cordillera Blanca de los Andes del Perú.

«El ingreso al Parque Nacional Huascarán para la practica de modalidades de turismo de aventura, escalada en hielo/roca u otras formas de turismo que impliquen riesgo para el visitante se realizara a través de prestadores de servicios turísticos quienes se hacen responsables de la seguridad y comportamiento de los visitantes durante su permanencia dentro del Parque Nacional Huascarán la cual no podrá superar los treinta (30) días hábiles.»

«Adicionalmente los visitantes de turismo de aventura al adquirir sus boletos deberán suscribir un documento donde declaran conocer los riesgos que conlleva el desarrollo de esta actividad y exime a la administración del Parque Nacional Huascarán de todo responsabilidad al respecto.»

Clodoaldo Figueroa Blas, jefe del Área de Turismo del Parque Nacional Huascarán, mandó el pasado 9 de octubre a los prestadores de servicios turísticos peruanos un correo-e con la declaración jurada de responsabilidad. Es el formulario a rellenar y entregar antes de entrar al PNH para practicar actividades arriesgadas.

La jefatura del PNH justifica sus decisiones en ambas cartas, aunque los afectados puedan pensar en trasfondos de distinta índole. Recuérdese que se trata de medidas que algunas agencias turísticas peruanas intentan imponer, desde hace años, pese a la oposición de la comunidad andinista internacional y de otras empresas (hostelería, alimentación, transporte, etc.) que viven del turismo en la zona.

Véase además las noticias del 10 de junio de 2009 acerca de restricciones de acceso y contratación de guías y del 8 de agosto de 2012 acerca de los días de permanencia máximos en el PNH.

Adición 9-12-2012 Véase. New climbing regulations under discussion in Ecuador and Peru. Nuevas regulaciones de escalada discutidas en Ecuador y Perú.